La democracia
por sí sola, adoptada como modalidad de gobierno, no puede definir las
condiciones de funcionamiento de una sociedad, podríamos pensar que otras
formas de gobierno también estarían en condiciones de producir practicas
aceptables para la cotidianeidad de los ciudadanos. Independientemente de ello,
en la actualidad existe un elevado consenso a nivel mundial respecto de los
beneficios que promueve la democracia como forma de gobierno. Al punto que el
concepto se traslada a otras esferas de la vida cotidiana. Se puede ser
democrático como rector de una universidad, como padre de familia, como jefe, etc.
La modalidad democrática es entendida como la mejor practica de interacción
social.
En definitiva,
ser democrático es lo que socialmente se espera de una persona, institución no
gubernamental, partido político y gobiernos. En el caso que más nos interesa y
que tiene que ver con los Estados, que
la forma de gobierno adoptada sea la
Democracia tiene un alto consenso tanto interna como internacionalmente.
Ahora bien, para
hablar de Democracia en términos concretos, no basta con que un gobernante se
defina como demócrata y que manifieste discursivamente buenas intenciones.
Para que la
Democracia se cristalice institucionalmente, se requiere que la sociedad en su
conjunto tenga derecho al voto
universal, sin proscripciones de ninguna índole racial, política, religiosa,
etc. Que se realice por periodos que aseguren renovación de cargos y la
división de poderes que permita el control entre los mismos (Ejecutivo,
Legislativo, Judicial). Estos componentes son los llamados “aspectos
constitutivos “indispensables, pero no
suficientes.
Los gobiernos
comprometidos con procesos democráticos deben además promover en sus sociedades,
condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades a todos los habitantes
en las distintas esferas, entre ellas, la salud, la educación y la económica. Todos los ciudadanos deben
poder participar mediante prácticas sociales, en la construcción colectiva de
la sociedad de la que han decidido formar parte. Estas características se denominan
las “condiciones de aplicación”. Son las que realmente promueven la libertad de
expresión, la libre participación y asociación para que se conformen los
diferentes grupos de interés, tan necesarios en las sociedades actuales, como las instituciones formales del aparato
estatal.
Una buena
articulación entre los atributos constitutivos y las condiciones de aplicación
parecería ser lo que deberían perseguir los gobernantes honestamente comprometidos
con la democracia. Alcanzar este objetivo no los liberará de las naturales
tensiones de la vida en sociedad, pero creará las condiciones para que la
democracia se afiance.
Dicha
articulación no se puede lograr si la democracia solo alcanza la instancia
formal. Si no promueven prácticas sociales participativas, solo será un
instrumento para que un grupo restringido y con intereses sectoriales sean
elegidos formalmente. Esa democracia, en tiempos de globalización podría
generar condiciones indeseables para la calidad de vida de los pueblos
involucrados.
El equilibrio
democrático se alcanza cuando toda la sociedad puede participar, desde su grupo
de pertenencia, en la discusión colectiva de lo que se define como interés
general. Esa práctica colectiva, esa poliarquía, tal vez sea lo más cercano a
la asamblea popular con la que soñó J.J. Rousseau.
Podríamos pensar
en una sociedad con gobernantes y gobernados, como una unidad de interacción
permanente. Gobernantes desde sus puestos institucionales y gobernados desde
sus grupos de interés que como grupo de presión hacen visibles sus demandas
respecto de la realidad que ellos interpretan.
Representantes
institucionalizados y representantes surgidos de las condiciones de aplicación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario